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El Corte Inglés acuerda los términos de su reestructuración

Por Jaime Martinez

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Photo Credits: Exterior de uno de los centros comerciales de El Corte Inglés. El Corte Inglés, fotografía de archivo.

Siguiendo con las informaciones que sobre este mismo asunto venimos recogiendo desde FashionUnited a lo largo de estas últimas semanas, en el marco de una última reunión de la Comisión Negociadora que ha venido encargándose de acordar los términos para la aplicación del nuevo plan de reordenación anunciado por la compañía a finales del pasado mes de febrero, desde la dirección de El Corte Inglés han logrado finalmente consensuar, junto a los representantes sindicales de sus trabajadores, el alcance y el grado que esta reestructuración terminará teniendo dentro de sus filas. Una medida que finalmente se ha visto consustancialmente minimiza y mejorada, tanto en relación a sus términos como a su peso, con respecto de las primeras propuestas presentadas por la compañía española de grandes almacenes, y que finalmente terminará afectando a un total de 2.100 trabajadores, 224 menos de los 2.324 en los que la dirección del grupo había llegado a cifrar el plan en un primer momento.

Según se han encargado de entrar a detallar desde el Comité Intercentros de El Corte Inglés, integrado por los representantes sindicales de las organizaciones Valorian, Fetico, UGT y CCOO, este mismo lunes 27 de marzo ha pasado finalmente a firmarse el acuerdo para el Plan de Reordenación de los servicios centrales, regionales y de soporte a tienda de El Corte Inglés. Un documente en el que han terminado por incluirse los términos por los que se regirá dicha reestructuración, tanto para el caso de la mayor parte de los afectados, que deberán escoger entre la opción de seguir formando parte de la familia de trabajadores de la compañía de grandes almacenes, asumiendo una modificación sustancial de las que habían venido siendo sus condiciones laborales, o por extinguir su relación laboral con la compañía; como para aquellos que finalmente terminen por acogerse al programa de bajas incentivadas puesto en marcha a propuesta de la misma dirección del Grupo, como parte de este mismo proceso. Una medida esta para la que, al igual que para el resto de los casos, las organizaciones sindicales han logrado mejorar las condiciones de las primeras propuestas puestas encima de la mesa por los representantes de la dirección de El Corte Inglés, y a la que finalmente se permitirá acogerse a un total de 630 trabajadores mayores de 59 años, 40 más que sobre los 590 empleados a los que la compañía había limitado el programa en su oferta inicial.

De este modo, este 27 de marzo, en el marco de una última “reunión de la Comisión Negociadora, se ha firmado el acuerdo del Plan de Reordenación del ECI”, han anunciado desde el Comité sindical de la compañía a través de un comunicado. “En esta negociación, el Comité Intercentros, ha logrado reducir los efectos de la medida de afectación de modificación sustancial amparada en el art.41” del Estatuto de los Trabajadores, en línea con los objetivos que se habían marcado durante las fases previas de la negociación, logrando como resultado una “reducción de 224 personas afectadas y el incremento de 40 personas de adhesión al Plan de bajas incentivadas”, programa “que se ha mejorado ostensiblemente” en todos sus aspectos, subrayan los representantes sindicales de los trabajadores de El Corte Inglés.

Como resultado, se ha terminado ratificando un acuerdo que deja en “un total de 1.470 personas” las que se verán “realmente afectadas por el Plan Reordenación, 854 menos sobre lo inicial”, y para el que “se ha conseguido un aumento en caso de acogerse a la extinción del contrato por encima del máximo legal, tanto en días de indemnización como en tope de meses”, en línea igualmente con las pretensiones anunciadas por los sindicatos tras la reunión previa de la Comisión Negociadora del plan de reestructuración. Una mejora de las condiciones económicas por despido objetivo, que igualmente se han ampliado sobre la propuesta de la compañía para el programa de bajas para los trabajadores a partir de los 59 años, cuyos términos “se han ampliado”, además “de forma notable”.

Bajas incentivas con del 61 al 65 por ciento del sueldo

Entrando a desgranar cada uno de estos dos puntales sobre los que se asienta esta reestructuración de los equipos centrales de El Corte Inglés, en lo que atañe primeramente al programa de bajas incentivadas, este como bien apuntábamos amplía sus límites para terminar aspirando a acoger a un total de 630 trabajadores, de entre las áreas afectadas por el plan de reordenación. Unos empleados que, a priori, como única condición tendrán la de haber nacido hasta el 30 de junio de 1964, inclusive.

Para este colectivo, como condiciones del programa, se ha marcad un plazo de aceptación de sus solicitudes de 21 días, desde el momento en el que la empresa notifique formalmente el comienzo de la aplicación del plan. Dejando como incentivos el abono del 61 al 65 por ciento de su salario, sobre la base del salario bruto del ejercicio de 2022, desde la baja y hasta la edad de jubilación anticipada de cada trabajador, marcada para 2 años antes de la edad de jubilación ordinaria, y con un máximo de hasta los 64 años. Siendo esta una horquilla superior a la de entre el 57 al 60 por ciento, para trabajadores de entre 59 a 63 años, de su oferta inicial, para la que ahora igualmente finalmente se incluyen como añadido el mantenimiento de las tarjetas de compra de cada empleado, así como el compromiso de El Corte Inglés de hacerse cargo del pago del convenio especial de la Seguridad Social hasta la jubilación de los trabajadores.

Importe económico del programa de bajas incentivadas, sobre el salario bruto de 2022

  • 59 años – Pago del 65 por ciento
  • 60 años – Pago del 64 por ciento
  • 61 años – Pago del 63 por ciento
  • 62 años – Pago del 62 por ciento
  • 63 años – Pago del 61 por ciento

Con 4 centros a escoger y aumento sustancial de la indemnización por despido

Del otro lado, para ese grueso de 1.470 trabajadores, de entre ese total de 2.100 empleados, que se van a ver finalmente afectados por su parte con una sustancial modificación de sus condiciones de trabajo, se han terminado acordando un grueso de puntos dirigidos a “minimizar” los efectos de esta reestructuración, para la que igualmente se ha logrado el compromiso de mantener al margen al personal que forme parte de algún colectivo vulnerable.

En la búsqueda así pues por tratar de generar un menor impacto sobre lo que venía siendo hasta ahora su jornada laboral, a estos trabajadores se les va ofrecer la opción de escoger hasta entre 4 centros su nuevo destino. Un cetro comercial desde donde pasarán a ejercer unas nuevas funciones, para las que igualmente se ha pactado el mantenimiento de los horarios de trabajo para aquellos trabajadores con guarda legal; el mantenimiento del 50 por ciento, con un tome máximo de 3.000 euros, del complemento personal; una opción prioritaria para pasar a formar parte de los departamentos de los centros dotados con incentivos; o el marcar en 2 meses el periodo de preaviso antes de su incorporación a su nuevo cargo para todo el personal con hijos menores de 12 años. Medidas a las que se suman el mantenimiento de los turnos de vacaciones y de los límites de jornada ya pactados, el que se tratará esta de una medida cuyo periodo de ejecución será siempre para antes del 28 de febrero de 2025, y la posibilidad de los trabajadores afectados de rechazar sus nuevas funciones y terminar por acogerse a la indemnización por despido, hasta 3 meses después de su incorporación a su nuevo cargo.

Precisamente en relación a este extremo, para los empleados que decidan rechazar su reubicación y la adopción de nuevas responsabilidades dentro de los equipos de tienda de El Corte Inglés, se ha pactado una extinción de su relación laboral que vendrá acompañada de una indemnización de 25 días, con un máximo de 15 meses de salario. Salario que se calculará también sobre la base del sueldo bruto percibido en 2022, para este caso una indemnización que se ve mejorada notablemente sobre el máximo legal para el despido de tipo objetivo, fijado en 20 días por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de sueldo.

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