El Corte Inglés se abre a modificar las condiciones de su reestructuración
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Ajustándose a las demandas que le hacían llegar a mediados de esta última semana los representantes sindicales de sus trabajadores, desde la dirección de El Corte Inglés se han avenido a introducir una serie de modificaciones sustanciales sobre las condiciones del proceso de reestructuración abierto por la compañía a finales de este pasado mes de febrero. Un plan de reordenación encaminado a ajustar sus estructuras y las funciones a desempeñar por parte de sus equipos, que terminará por afectar, según al menos los planes iniciales de la compañía española de grandes almacenes, a un total de 2.324 trabajadores de sus servicios centrales, regionales y de soporte a tienda.
Tal y como a este respecto venimos informando durante esta última semana desde FashionUnited España, desde la dirección de El Corte Inglés informaban, el pasado 27 de febrero, al Comité Intercentros de la compañía, integrado por los representantes sindicales de las organizaciones Valorian, Fetico, UGT y CCOO, de su intención de realizar un proceso de reorganización de sus estructuras, con el objetivo de llevar a cabo un ajuste que le permita optimizar sus recursos y elevar la competitividad del Grupo. Un plan para el que planteaban como solución una reestructuración de sus servicios centrales, regionales y de soporto a tienda, mediante el traslado como refuerzo a los equipos de tienda de sus distintos centros de buena parte del personal de estos equipos centrales. Medida para la que además ya anunciaban, como segunda pata de la medida, la creación de un plan de bajas voluntario, e incentivadas, para el personal afectado de una edad superior a los 59 años, cifrando, ya en reuniones posteriores, que esta sería una medida a la que únicamente podrían terminar por acogerse un total de 590 trabajadores, a descontar de ese total de 2.324 empleados a los que desde la dirección de El Corte Inglés contemplan que terminará por afectar esta reestructuración de sus equipos.
Partiendo de estos antecedentes, en las primeras reuniones mantenidas entre la dirección del Grupo y los representantes de sus trabajadores, dentro de este primer periodo de 15 días de consultas para la negociación de los términos de esta reestructuración, desde El Corte Inglés terminaban por poner encima de la mesa una primera oferta desde la que planteaban una compensación salarial de entre el 57 al 60 por ciento para los trabajadores que se acojan a su programa de bajas, mientras para el resto planteaban una sustancial modificación de sus actuales condiciones de trabajo, que les afectarían en términos de su traslado a los centros comerciales de la compañía y a sus departamentos de venta, en una medida esta que vendría acompañada de una modificación de sus horarios y jornadas de trabajo, con una modificación de sus funciones a realizar y de los salarios, cuyas bases pasarían a adaptarse a la de sus nuevas posiciones dentro de la compañía, con solamente garantizando el salario marcado según el convenio para su nueva categoría profesional. Unas condiciones todas ellas que los representantes sindicales que integran la comisión negociadora solicitaban a la dirección del Grupo que “minimizara”, en lo que ha terminado ya encontrando respuesta por parte de la dirección, condicionada eso sí a alcanzar un acuerdo global que termine sellando las condiciones para sacar adelante este Plan de Reordenación de sus servicios centrales, regionales y de soporte a tienda.
De la eliminación de la movilidad geográfica al aumento de la indemnización por despido objetivo
De este modo, y en el marco ya de la cuarta reunión mantenida por el Comité Intercentros de El Corte Inglés con los representantes de la dirección de la compañía, celebrada este viernes 24 de marzo, desde el mismo nos informan que desde El Corte Inglés estarían dispuestos a ajustar los términos de aplicación, tanto de las condiciones para la modificación de las condiciones de trabajo de sus trabajadores como las del programa de bajas incentivadas, para el caso de llegar a firmarse un acuerdo global para el plan de reordenación. Acuerdo para el que, al menos públicamente, no han adelantado ninguna mejora concreta de los términos de compensación económica para los trabajadores mayores de 59 años, más allá de la presentada el pasado 16 de marzo, comprometiéndose no obstante sí a mejorar esas modificaciones sustanciales para el resto de empleados afectados, incluyendo entre esos compromisos el ir más allá de la indemnización a 20 días para aquellos trabajadores que se decidan a dejar la compañía y no acogerse a los términos de este proceso de reestructuración.
Así pues, en lo que primeramente respecta al programa de bajas incentivadas, para el mismo desde El Corte Inglés han sumado su compromiso para el pago del convenio especial de la Seguridad Social hasta los 63 años, y no solamente hasta los 61 como establecen las bases de la Seguridad Social. Mientras que en lo que respecta al grueso de esos trabajadores a los que se les va a buscar reubicar dentro de los equipos de los propios centros de la compañía, para ellos se ha acordado el poder llegar a eliminar la movilidad geográfica como modificación sustancial de sus actuales condiciones laborales; la posibilidad de elegir en su puesto de destino entre una jornada rotativa, fija de tarde o en turno partido; su incorporación al nuevo puesto a fecha del 1 de julio, para personal con guarda legal; garantías de vacaciones y de límites de jornada ya pactados para este 2023; el excluir de la medida a determinados colectivos vulnerables — públicamente no concretados—; y el compromiso para aumentar la indemnización a 20 días por año trabajado, legalmente limitada con un tope máximo de 12 meses de salario.
A pesar de estas bases para modificar los términos de su reestructuración, desde el Comité Sindical de la compañía de grandes almacenes se siguen mostrando decididos a seguir mejorando y “minimizando” los efectos de esta reestructuración, para la que “seguimos insistiendo en el mantenimiento de los complementos del personal que se traslade a centros comerciales, frente a la propuesta de la empresa que consiste en eliminarlos”. Un punto que siguen luchando por llegar a consensuar, mientras de manera paralela igualmente trabajan para poder llegar a aplicar una “reducción del personal afectado por el art.41”, es decir del afectado por una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, para aumentar el número “del personal que pueda acogerse a las bajas incentivadas”, así como para lograr un “incremento de las cantidades tanto para la extinción por art.41 como para las bajas incentivadas”.
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