El juzgado declara en concurso a Liwe (Inside), y requiere a la CNMV un administrador concursal
Madrid – Tras más de nueve meses de crecientes incertidumbres y dudas sobre el futuro de la multinacional Liwe Española, propietaria de la cadena de tiendas y firma de moda Inside, la compañía murciana ha terminado por ser declarada oficialmente en concurso voluntario de acreedores. Un procedimiento que no obstante se mantiene en fase declarativa, a la espera de que el juzgado competente termine por nombrar al administrador concursal que se va a encargar de supervisar el concurso.
Como última actualización de este modo sobre el complejo, y dilatado, proceso de insolvencia hacia el que ha venido encaminándose Liwe Española desde el pasado 11 de abril, fecha en la que por primera vez informaban de la apertura de negociaciones con sus acreedores bancarios para la reestructuración de su deuda y el establecimiento de un plan de refinanciación, desde el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia han emitido auto, con fecha de este pasado 29 de enero de 2026, desde el que se declara en concurso voluntario de acreedores a la multinacional de la moda murciana. Un proceso en el que se la reconoce en respuesta a la solicitud para el mismo presentada por la dirección de Liwe, ante el mismo juzgado, el pasado 19 de enero de 2026, después de que el mismo órgano judicial terminase por denegar la requerida homologación judicial al plan de reestructuración de Liwe, para el que la propiedad aseguraba haber contado con el respaldo de una mayoría cualificada de sus acreedores. Una certeza que no obstante no fue compartida, ni mucho menos, por el juzgado, desde donde obraban en consecuencia denegando esa homologación judicial, tal y como ya adelantábamos entonces, y en primicia, desde FashionUnited.
Después de quedar así y ya acreditado con la declaración del concurso el estado de insolvencia actual en el que se encuentra sumida Liwe Española, desde su dirección no obstante han querido salir a destacar el que tanto la solicitud como la declaración del concurso “se enmarcan en el proceso de reordenación financiera que viene desarrollando Liwe”, y que “tiene como objetivo preservar la viabilidad de la empresa y asegurar la continuidad de su actividad”, y de los puestos de trabajo. En la búsqueda de ese objetivo, durante “el último año, la sociedad ha ejecutado un conjunto de medidas de reorganización interna orientadas a la optimización de su estructura de costes, la priorización de mercados y canales estratégicos y el refuerzo de la eficiencia operativa, lo que ha permitido mejorar la posición del negocio respecto de ejercicios anteriores”, defienden a través de un comunicado. Unas palabras que han querido rematar subrayando que la compañía “continúa desarrollando su actividad con normalidad, manteniendo el funcionamiento ordinario de su operativa comercial y logística y que se encuentra al corriente de pago con sus proveedores y acreedores comerciales”. Un apunte del que se desprende la confianza con la que todavía cuentan de poder llegar a un acuerdo con sus acreedores financieros que permita la continuidad de la empresa, y evitar su entrada en fase de liquidación.
A la espera de la administración concursal
Empresa cotizada desde el año 1989, es justamente esta condición la que ha llevado a que Liwe vaya a ver dilatarse el tiempo en el que se mantiene en la fase declarativa del concurso de acreedores, en la que actualmente se encuentra y seguirá, a la espera de la designación de un administrador concursal. Un nombramiento para el cual, y siguiendo lo que para ello establece el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), el juzgado ha solicitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que presente a tres posibles candidatos, de entre los que será el juez al frente del procedimiento quien terminará por escoger al responsable del concurso.
A este mismo respecto, lo primero que cabe destacar en primer lugar es que, siguiendo igualmente con los preceptos del TRLC, y en línea justamente con lo que ya advertíamos que era una razón más que de peso para que la propiedad no dilatase los tiempos de cara a la presentación de la solicitud del concurso voluntario de acreedores, una vez que fue denegada esa homologación judicial al plan de reestructuración de la deuda, el juzgado ha acordado que la actual dirección de Liwe continúe manteniéndose al frente de la empresa. Unas tareas para las que esos sí sus facultades como administradores quedarán limitadas y sometidas a la intervención de ese administrador concursal, todavía pendiente de ser designado, de entre los tres que, tal y como marca la Ley Concursal española, la CNMV presentará al juzgado para que este elija al administrador concursal de Liwe Española. Una designación tras la cual, y una vez hecha ya de manera oficial, los acreedores de la multinacional de la moda española contarán con el plazo de un mes para informar de las deudas contraídas a su favor por la dueña de Inside a la administración concursal. Órgano interventor al que por su parte desde Liwe tendrán que presentar, en un plazo de 10 días desde su designación oficial, la lista actualizada de acreedores y un inventario de bienes y derechos, a fecha de declaración del concurso, para que así y con ello la administración concursal pueda terminar por dar paso a la apertura de la fase común del concurso y gestionar la masa.
“Conforme a lo dispuesto en el artículo 106.1 del TRLC, en los casos de concurso voluntario, el deudor, como regla general, conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, sometido en su ejercicio a la intervención de la administración concursal”, y “aunque el propio precepto en su apartado 3, faculta al Juez para alterar la regla general y suspender al deudor en dicho ejercicio señalando los riesgos que se pretenden evitar y las ventajas que se quieran obtener, en el presente caso y en este momento procesal no concurren los presupuestos para apartarse de la mencionada regla general”, señalan desde el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia. En respuesta, la actual dirección y propiedad de Liwe España, se indica desde el auto emitido por el juzgado a fecha de este 29 de enero de 2026, y al que ha tenido acceso FashionUnited, “conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas” eso sí, se incide, “a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad”.
Sobre la designación de esta, y concretando todo lo ya señalado, “al tratarse de una sociedad con valores negociados en mercado secundario oficial debe comunicarse y notificarse el auto a la CNMV”, así “como solicitar a la misma una terna de personas para el nombramiento de administración concursal”. Una directriz con la que desde el juzgado no hacen más que seguir con lo recogido en el TRLC, en el que se establece que “en el concurso de una entidad sometida a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el juez nombrará administrador concursal de entre las personas propuestas en terna por esa Comisión”. Designación tras la cual, y una vez hecha esta de manera oficial mediante su publicación en el Tablón Edictal Judicial Único y en el Registro Público Concursal, los acreedores de Liwe Española “deberán formular la comunicación” a la administración concursal de “la existencia de sus créditos”, en “el plazo de un mes”.
- Liwe Española, propietaria de la cadena de moda Inside, ha sido declarada oficialmente en concurso voluntario de acreedores tras meses de incertidumbre… y la denegación de su plan de reestructuración.
- La dirección de Liwe Española ha destacado que durante el concurso buscarán trabajar para preservar la viabilidad de la empresa, asegurar la continuidad de su actividad y los puestos de trabajo, manteniendo la operativa comercial y logística con normalidad.
- El proceso se encuentra en fase declarativa, a la espera de que el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia designe a un administrador concursal, para lo cual la CNMV presentará una terna de candidatos.
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