El Gobierno da luz verde al impuesto mínimo global del 15 por ciento para multinacionales y grandes compañías
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Madrid – En Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha terminado por dar luz verde al proyecto de ley para la imposición de un impuesto mínimo global del 15 por ciento para las multinacionales. Una medida que resultará de la transposición de la Directiva europea del Consejo de la UE del 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y de gran tamaño en la Unión Europea, que ahora será remitida a las Cortes para su tramitación y posterior aprobación definitiva.
Con la decisión adoptada por el Consejo de Ministros, reunido con carácter ordinario durante la jornada de este pasado martes, 4 de junio de 2024, la Directiva aprobada por el Consejo de la Unión Europea en diciembre de 2022 arranca sus primeros pasos para ser adoptada por el ordenamiento jurídico nacional, llegando para terminar de completar el tipo mínimo del 15 por ciento en el Impuesto sobre Sociedades para grandes empresas que el Gobierno de España estableció en 2022, desde una resolución desde la que justamente trataba de empezar a implementar algunos de los aspectos clave de la Directiva europea. Uno norma resultante y reflejo a su vez de los trabajos y acuerdos que se han venido emprendiendo desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), con el objetivo de luchar contra la “planificación fiscal agresiva”, en palabras de la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda del Gobierno de España, María Jesús Montero, que llevan a cabo determinadas empresas multinacionales, con el fin de lograr sacar así ventaja de la política tributaria baja o nula de determinados territorios hacia los que no guardan reparo alguno en trasladar su sede social, base de una estrategia de deslocalización que, esgrime desde el Ejecutivo, perjudica a los ingresos de los Estados de la UE, al tiempo que “alimenta” un ejercicio de “dumping” fiscal entre los mismos distintos países de la Unión, empujados a tener que contar con una política fiscal más “atractiva”, y de impuestos bajos, para el caso en el que quieran seguir compitiendo por el interés y las inversiones de los grandes grupos multinacionales.
“Se trata de avanzar hacia un orden fiscal internacional más justo, a ser posible armonizado, basado en la idea que siempre ha defendido este Gobierno”, y que pasa por entender “que quien más gana, más debe contribuir al conjunto de la sociedad”, defendía la misma ministra de Hacienda, encargada de anunciar la aprobación del proyecto de ley de transposición de la Directiva europea, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrada desde el Palacio de La Moncloa. Una intervención de la que se servía para subrayar cómo, partiendo de esa misma interpretación de la política impositiva nacional, el Gobierno a lo largo de estos últimos años ha terminado por impulsar nuevos gravámenes, como el impuesto a las grandes empresas de servicios digital, así como a las compañías energéticas y a las entidades financieras. Unas medidas que, esgrimía Montero, son las que han permitido llevar a cabo una rebaja del IVA de la energía y de una serie de alimentos básicos, de manera en la que “recaudamos por una parte y dejamos de recaudar en la que afecta a la gran mayoría de la población”, sostenía en rueda de prensa. Una intervención la suya de la que se valía para igualmente poner en valor la que calificaba como una política fiscal del Gobierno de España “responsable”, y sustentada en los acuerdos y las recomendaciones internacionales, como serviría de muestra esta transposición normativa de la Directiva europea relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión.
Para empresas con un negocio por valor de 750 millones de euros
A la espera de cómo termine finalmente por coger cuerpo la Ley en su aprobación definitiva por parte de las Cortes Generales, posterior a su tramitación junto al resto de grupos con representación parlamentaria, el proyecto de ley recoge, como transposición que es, el articulado de la Directiva europea 2022/2523 del 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión. Una norma a su vez fruto, en línea con lo ya expuesto, de las recomendaciones acordadas por el proyecto BEPS de la OCDE, dirigido a luchar contra las prácticas elusivas como la deslocalización de actividades económicas con fines fiscales.
En respuesta, y para el caso del proyecto de Ley que ahora entrará a debatirse desde las Cortes, la norma, una vez aprobada, pasará a establecer un impuesto tipo mínimo global del 15 por ciento para grupos multinacionales o grupos nacionales de gran tamaño, con una cifra de negocio igual o superior a los 750 millones de euros. Una cifra para la que se atenderá a los números que queden recogidos en sus estados financieros de las sociedades matriz, con el requisito añadido de, al menos, haberse alcanzado en dos de los últimos cuatro ejercicios fiscales inmediatamente anteriores. Quedando como entidades excluidas del tener que responder a este gravamen tanto las entidades públicas, como las organizaciones sin ánimo de lucro o los fondos de pensiones.
Entre el resto de detalles que desde el Ejecutivo ya han dado a conocer sobre la Ley, en el proyecto de Ley remitido a las Cortes se establece el que, para hacer efectivo que toda gran multinacional y compañía, con una facturación igual o superior a esos 750 millones de euros, responde a un tipo impositivo mínimo del 15 por ciento, se pasa a introducir la figura del “impuesto complementario”, sustentado a su vez sobre tres conceptos diferenciados: el “impuesto complementario nacional”, destinado a garantizar que todas las compañías con sede en España alcancen una tributación mínima del 15 por ciento en el país, y que será compatible con el tipo mínimo del 15 por ciento aprobado por el Gobierno y en vigor desde el año 2022, con la diferencia de este calcularse sobre la base imponible de las cuentas de las compañías; el “impuesto complementario primario”, a aplicar a multinacionales con sede en España cuyas filiales en el extranjero repercutan en ingresos a la compañía gravados con un tipo efectivo inferior a ese 15 por ciento; y el “impuesto complementario secundario”, con el mismo propósito en su caso de hacer efectivo ese impuesto del 15 por ciento sobre los negocios internacionales de los grandes grupos y multinacionales, pero con la diferencia de este hacerlo, no sobre la compañía matriz, sino sobre las filiales de los grupos multinacionales ubicadas en España. Manejando actualmente como primeras estimaciones desde la Agencia Tributaria el que, como consecuencia de su aprobación, 126 grandes compañías con sede en España, y 707 grupos multinacionales extranjeros, con filiales españolas, terminarán por verse afectados por la nueva Ley. Norma cuyos efectos sobre la recaudación todavía no han podido ser estimados, dado que, sostenía Montero, dependerá de cómo terminen de adaptar la misma directiva el resto de países de la UE, ya que lo que se prevé es “que todo el mundo intente hacer su propia recaudación del 15% y que no caiga en manos de otros países”.
“Esta futura legislación permitirá a España continuar impulsando medidas contra la planificación fiscal agresiva, teniendo en cuenta que ya opera en nuestro país un tipo mínimo del 15 por ciento en el Impuesto sobre Sociedades”, defienden el Ejecutivo desde sus resoluciones del Consejo de Ministros. “De esta manera, el Parlamento abordará el debate sobre una cuestión crucial como la armonización fiscal a nivel internacional”, enfatizan, “una máxima que forma parte del debate sobre la fiscalidad que existe en el mundo, y al que España se ha sumado con aportaciones notables”. “Cuando este proceso concluya y la norma sea aprobada definitivamente”, detallan, “España contará con una fiscalidad más justa, moderna y alineada con la política tributaria internacional”.