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El Gobierno aprueba el nuevo sistema de cotizaciones para autónomos: así quedan las cuotas, por tramos

Por Jaime Martinez

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Photo Credits: Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Pool Moncloa, Fernando Calvo.

El Gobierno de España, durante el Consejo de Ministros de este pasado martes 26 de julio de 2022, ha pasado a aprobar finalmente por Real Decreto-Ley el nuevo sistema de cotizaciones para los trabajadores autónomos basado en los rendimientos netos del trabajo. Un sistema que se aplicará de manera flexible a lo largo de los próximos tres años, como primera etapa del modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que, según sus estimaciones, deberá terminar por implantarse en un periodo de nueve años.

Según se han encargado de entrar a valorar desde el Ejecutivo liderado por Pedro Sánchez, y de manera más concreta desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones bajo la dirección de José Luis Escrivá, la reforma, que se hará efectiva a partir del próximo ejercicio de 2023, ha sido posible gracias al acuerdo alcanzado por el propio Ministerio con las principales asociaciones empresariales, de trabajadores autónomos y sindicales. Un diálogo social cuya representatividad en las negociaciones frente la Ministerio ha recaído en, por parte de los empresarios, los representantes de la CEOE y de Cepyme; de los sindicatos, en los representantes de CC.OO. y UGT; y por parte de los trabajadores autónomos, en los dirigentes de las consideradas como asociaciones mayoritarias ATA, UATAE y UPTA.

“Los autónomos conocen perfectamente hasta qué punto este Gobierno se ha comprometido con ellos a límites que no tienen precedentes”, entraba a destacar el propio José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. “En la crisis anterior se destruyeron 400.000 empleos”, mientras que “en esta crisis, gracias a la acción protectora y a las prestaciones extraordinarias se han protegido sus rentas”, facilitando, valoraba el ministro, el que “en este momento hay 80.000 autónomos más que antes de la pandemia”.

Photo Credits: El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Pool Moncloa, Fernando Calvo.

Cotización en base a los “rendimientos netos” del trabajo

Tras la aprobación de esta reforma en el régimen de cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, con la que se ha tratado de dar cumplimiento a las recomendaciones del Pacto de Toledo del año 2020 aprobadas en pleno por el Congreso de los Diputados, se han terminado estableciendo un total de quince tramos base para las cotizaciones, que irán evolucionando a lo largo de los próximos ejercicios de 2023, 2024 y 2025. Abriendo como resultado un próximo trienio para el que se marcan unas cotizaciones mínimas que irán de los 230 a los 200 euros, y máximas que oscilarán en la horquilla de entre los 500 y los 590 euros.

Para poder entrar a valorar cómo queda finalmente el nuevo sistema, cuestión importante a tener en cuenta es la de que con su aprobación también se ha pasado a definir el concepto de “rendimientos netos” del trabajo. Un término que se califica de “fundamental” para la puesta en marcha del nuevo modelo, siendo el que marcará la base por la que deberán cotizar los trabajadores autónomos. Unos profesionales cuyo rendimiento quedará así establecido sobre los ingresos totales que generen, menos todos aquellos gastos producidos por el ejercicio de su actividad que sean deducibles. Dando como resultado una cantidad a la que además se le aplicara, de manera adicional, una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento, del 3 por ciento para autónomos que realicen su actividad a través de una sociedad.

Aplicadas toda esa clase de deducciones, será como finalmente el autónomo termine por determinar la base por la que deberá cotizar a la Seguridad Social, en función de un nuevo sistema para el que además se les permitirá cambiar de cuota en función de su previsión de ingresos netos hasta seis veces al año. Cambios que se terminarán por regularizar a ejercicio vencido, una vez que, conocidos los rendimientos netos anuales obtenidos, se pase a devolver o a reclamar el importe de las cuotas, tanto en el caso de que el rendimiento haya terminado situándose por encima como por debajo de lo cotizado a lo largo del año.

Cuotas mínimas de 230 a 200 euros al mes, y máximas de 500 a 590 euros

Entrando ya a profundizar en los detalles de cómo queda el nuevo régimen de cuotas por tramos a la Seguridad Social, así como en cuál será su evolución a lo largo de este próximo y primer trienio que se espera para su aplicación, a grandes líneas, y a pesar de las buenas palabras arrojadas desde el Ministerio, este se presenta como una oportunidad perdida para aplicar un sistema plenamente progresivo entre aquellos trabajadores con un menor y un mayor rendimiento del trabajo.

A este respecto, y contrariamente a los aspectos que desde el propio Ministerio han tratado de poner en valor y de los que, a su parecer, podrán beneficiarse todos aquellos trabajadores que cuenten con unos rendimientos del trabajo por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), entre los que apuntan a que primaría la presencia de jóvenes y de mujeres, se ha finalmente descartado la aprobación de una cuota mínima cero o simbólica para aquellos trabajadores que no alcancen el SMI. Una demanda que reclamaban desde asociaciones consideradas como minoritarias como Aupa, y que abría supuesto un auténtico y verdadero espaldarazo a esa cultura del emprendimiento de la que el propio Ejecutivo gusta de hacer bandera. Dejando como respuesta el que finalmente todos aquellos trabajadores con unos rendimientos, ya no por debajo del SMI, sino mínimos y de ente 0 a 670 euros, deberán de hacer frente a uno cuota mínima de 230 euros en 2023, de 225 euros en 2024, y de 200 euros para 2025; año para el que, en el mejor de los casos un autónomo que ingrese 670 euros al mes, deberá destinar un 29,85 por ciento de sus ingresos netos al pago de la cuota a la Seguridad Social. Eso sí, una cifra muy inferior, en un -31,97 por ciento, al del pago de la cuota de 294 euros al mes que marca el actual sistema de cotizaciones como cuota mínima.

Photo Credits: Tabla de las bases y cuotas del nuevo modelo de cotizaciones por tramos. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Por encima de estos rendimientos, el régimen de cuota sigue un sistema progresivo que alcanza la actual cuota mínima, esos actuales 294 euros al mes, para aquellos trabajadores con unos rendimientos netos del trabajo que oscilen desde los 1.300 a los 1.700 euros mensuales. Unos autónomos que podrán seguir cotizando así sin variación alguna en su cotización a lo largo del próximo trienio, destinando en su caso, y en su rango de ingresos más elevados, esos 1.700 euros al mes, un 17,29 por ciento de sus ingresos netos al pago de la cuota de autónomos.

Avanzando por la tabla, terminamos alcanzando el tope máximo de las cotizaciones, marcado para aquellos trabajadores que justifiquen unos ingresos netos mensuales superiores a los 6.000 euros. Un grupo para el que en este caso se marca un sistema de cotización progresivo y en ascenso, que irá del pago de una cuota de 500 euros al mes en 2023, a la de 530 euros para 2024 y de 590 euros para 2025. Año para el que, y como máximo, un trabajador autónomo que ingrese más de 6.000 euros al mes, deberá destinar solamente un 8,3 por ciento de sus ingresos al pago de las cuotas, frente a ese 17 por ciento de sus ingresos que supondrá el pago para los trabajadores con unos rendimientos medios, o el 29 por ciento de los que no alcancen a ingresar el SMI.

Nueva cuota plana de 80 euros

Además del nuevo sistema de cotizaciones por tramos, como parte del mismo Real Decreto-Ley se ha aprobado un aumento de la popularmente conocida como “tarifa plana” para nuevos trabajadores autónomos. Una cuota bonificada que, frente a los 60 euros en los que sigue marcada para este 2022, permitirá a los nuevos autónomos que inicien su actividad acceder a una cuota de 80 euros durante doce meses. Periodo que podrá ser extendido por otros doce meses adicionales, en el caso de que sus ingresos para entonces “sigan siendo bajo”, desprendiéndose de esta terminología empleada por el Ejecutivo que que por debajo del SMI.

Nuevo mecanismo de protección por cese de actividad parcial

Entre el resto de aspectos que igualmente han visto ahora la luz y que han sido aprobados por el Ejecutivo, vinculados a la implementación de este nuevo sistema de cotizaciones para el que además se contempla una evaluación periódica cada tres años en el marco del “diálogo social” con asociaciones de autónomos, empresariales y sindicados, nos encontramos con el que se ha denominado “nuevo esquema de protección” de los trabajadores autónomos.

Con el fin de, se entiende, que de tratar garantizar una cierta seguridad laboral para aquellos trabajadores y profesionales que dependen únicamente del desarrollo de su propia actividad laboral, se introduce por primera vez la opción del beneficio por el cese de actividad parcial, en las modalidades para autónomos con trabajadores, sin trabajadores y por causa de fuerza mayor. Mientras que igualmente se introduce, adaptada a los autónomos, la protección a los trabajadores asalariados del mecanismo RED introducido en la reforma laboral como mecanismo, junto a los ERTE, de flexibilidad y protección del empleo, en su caso para sectores de la economía o periodos temporales determinados, que en cualquier caso se encargarán de activar desde el Consejo de Ministros.

“La reforma incluye una importante mejora en el esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia”, remarcan desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. “En base a la experiencia del despliegue de prestaciones durante la pandemia y la erupción del volcán Cumbre Vieja de La Palma”, detallan, “se amplían las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura de distintas contingencias, como en caso de una interrupción solo parcial de la actividad, y se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los asalariados el mecanismo RED establecido en la reforma laboral para situaciones de crisis cíclicas o sectoriales”.

Photo Credits: Nuevo esquema de protección para trabajadores por cuenta propia. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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