El Gobierno abre la puerta a una Navidad con mayores restricciones
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Madrid – Antes de que se haya comenzado a aplicar el Plan con las medidas restrictivas, anunciadas a comienzos del pasado mes de diciembre, con las que desde el Gobierno de España pretendían limitar los riesgos de contagio por coronavirus durante estas fiestas de Navidad, el Ejecutivo y las distintas administraciones autonómicas, en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, han acordado modificarlo, abriendo con ello la puerta a que las Comunidades y Ciudades Autónomas puedan imponer criterios más severos en la práctica totalidad de sus puntos.
Así se encargaban de acordarlo, en el día de ayer, durante la última reunión celebrada del Consejo Interterritorial. Encuentro en el que, además de acordar la citada posibilidad para imponer medidas más duras de cara a las celebraciones de las próximas fiestas navideñas, se resolvía la decisión de no recomendar a los servicios de salud la realización de las pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografía, para la identificación de posibles contagiados por Covid-19. Mientras que el propio ministro de Sanidad, Salvador Illa, hacía uso de la misma reunión para informar del sistema que deberán seguir las distintas autoridades sanitarias autonómicas a la hora de acometer la próxima campaña de vacunación frente al coronavirus.
En manos de las Comunidades y Ciudades Autónomas
En lo que concierne a las medidas restrictivas impuestas de cara al próximo periodo de Navidad, estas deberían haber entrado en vigor el próximo 23 de diciembre de 2020, y permanecer activas hasta el próximo 6 de enero de 2021. Un punto que igualmente pasa ahora a depender de las distintas administraciones autonómicas, tras la decisión adoptada por el Consejo Interterritorial de Salud para que estas puedan aplicar criterios más severos en los cuatro primeros apartados del Acuerdo del 2 de diciembre de 2020.
“A la vista de la evolución epidemiológica, el Consejo Interterritorial ha acordado”, explican a través de un comunicado desde el ministerio de Sanidad, “determinar que las CCAA y ciudades autónomas puedan aplicar medidas y criterios más restrictivos en relación con los cuatro primeros apartados del Acuerdo de 2 de diciembre de 2020 por el que se prevén medidas de salud pública frente a COVID-19 para la celebración de las fiestas navideñas”.
Como resultado del acuerdo, 4 del total de los 5 puntos en los que se organizaba el Plan anunciado el pasado 2 de diciembre pasan así a estar abiertos a las nuevas disposiciones que puedan dictar sobre ellos las distintas administraciones autonómicas. Unas limitaciones que deberían de ser abordadas en cualquier caso atendiendo a los registros de contagio y de incidencia del virus en cada región, por las que no obstante se abre así la puerta a que este año, en España, podamos llegar a vivir hasta 19 navidades distintas, según la comunidad o ciudad autónoma en la que resida cada español. Que deberá atender así a las nuevas limitaciones que imponga la administración autonómica correspondiente, sobre aspectos que atañen desde la fecha de entrada y fin de la aplicación de las restricciones, el número máximo de comensales en cenas y comidas, la hora máxima del toque de queda o las limitaciones a las celebraciones de cabalgatas y demás eventos navideños. Quedando únicamente fuera de este nuevo acuerdo el último y quinto punto del Plan, en el que se recogen diferentes tipos de recomendaciones.
Traslado diario de los datos de la campaña de vacunación frente al Covid-19
Junto a este punto, que será el que más noten los ciudadanos durante las celebraciones de las fiestas, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el ministro Illa informaba de la Resolución de la Resolución de la Dirección General de Salud Pública, en la que se establece que las CCAA deberán remitir diariamente al Ministerio los datos de la vacunación llevada a cabo en todos los puntos de cada territorio. Información que se encargarán de trasladar en el mismo día, antes de las 15:00h, a través de una ficha con los datos de las personas vacunadas, su fecha de nacimiento, el lugar de residencia, el tipo de vacuna, fabricante y lote que se le ha dispensado, así como el motivo de su vacunación.
“El procesamiento estadístico de estos datos y su representación geográfica”, explican desde el ministerio de Sanidad, “se considera un elemento de gran utilidad en el seguimiento de la pandemia y en la toma de decisiones para su afrontamiento por las administraciones sanitarias”. Mientras que “además, el tratamiento de los mismos permitirá la emisión de certificados a solicitud del interesado, garantizándose siempre las medidas de seguridad en materia de protección de datos”.
Recomendación para la no realización de test de autodiagnóstico
Por último, en la misma reunión se acordaba recomendar a los profesionales de los servicios de salud (médicos y odontólogos) la no prescripción de las pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografia, los conocidos como test de autodiagnóstico. Así como instarles a que lleven a cabo “cuantas acciones de comunicación y concienciación resulten precisas para informar claramente a la ciudadanía de la naturaleza y las limitaciones de las citadas pruebas y de los riesgos para la salud de una incorrecta interpretación de sus resultados”.
La adopción de esta decisión Sanidad la justifica en el acuerdo por unanimidad adoptado por La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta; dependiente de la Comisión de Salud Pública. Desde donde se estableció un posicionamiento común frente a su comercialización, en el que se destacaba “que dichas pruebas no están indicadas para diagnosticar y por tanto no deben ser utilizadas con este fin ni en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos”. Esta serie de pruebas, añadían en su respuesta, tienen “un rendimiento menor que las técnicas que se realizan en los laboratorios con sangre obtenida por venopunción”, por lo que en consecuencia se acordó que “no se incluyeran como prueba válida para el diagnóstico de esta infección, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas”.
Photo Credits: La Moncloa.