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Así será la Navidad de 2020: reuniones de 10 personas y cenas hasta la 1:30

Por Jaime Martinez

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Madrid – Tras semanas de incesantes rumores y encontrándonos ya a las mismas puertas del periodo de fiestas navideñas, el Gobierno de España consensuaba en el día de ayer con las diferentes Comunidades Autónomos, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el conjunto de medidas restrictivas que deberán terminar de perfilar el carácter de las fiestas y celebraciones de este atípico año 2020. Un “marco común”, destacan desde el Ejecutivo liderado por Pedro Sánchez, que ayudará a las distintas administraciones y a la población a planificar “unas Navidades diferentes”, que podrá verse modificado en cualquier caso atendiendo a la evolución epidemiológica de las distintas regiones.

“En esta temporada navideña, debemos considerar modificaciones en los planes de celebraciones navideñas para reducir la propagación de COVID-19 y mantener a las amistades, familias y comunidades sanas y seguras”, se encargan de señalar desde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. “Según los datos disponibles en España sobre los principales ámbitos de transmisión de los brotes”, apuntan, “la mayoría de éstos se producen en el ámbito social, sobre todo en encuentros de familiares y amistades no convivientes y, siendo principalmente en lugares cerrados, como puede ser en domicilios o espacios interiores, en muchos casos mal ventilados, donde se habla a un volumen alto y no se hace buen uso de la mascarilla o se realizan actividades donde es incompatible su uso continuo, como comer o beber”.

“Es por ello que este año debemos modificar ciertas costumbres para garantizar la seguridad y el control de la pandemia, procurando el menor impacto en el desarrollo de las fiestas y aplicando medidas que han demostrado ser efectivas, tales como la limitación de los desplazamientos, del número de personas no convivientes en agrupaciones, lo cual es especialmente importante en interiores, la recomendación de relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable (GCE), siempre que sea posible al aire libre o en espacios bien ventilados y reforzar el resto de medidas de prevención”.

Así pues, la adopción de estas restricciones es a su vez “importante”, destacan desde el Consejo Interterritorial de Salud, que se lleve a cabo mediante el establecimiento de “un marco común y claro de medidas que favorezca que las recomendaciones se hagan de una forma clara, consensuada y coordinada, además de lo más anticipada posible, para que haya tiempo suficiente para que la población se organice”. Una planificación que “también es relevante para el sector comercial y su preparación para adaptar su negocio a las medidas recomendadas en estas fechas”, y que ayudarán a “planificar unas Navidades diferentes sin quitarles el alma y el espíritu que las hace una de las fiestas más apreciadas por la ciudadanía”.

Las medidas restrictivas

Manteniendo en cualquier caso las mismas recomendaciones para evitar la propagación del brote, que tanto el Gobierno central como los autonómicos han venido enunciando a lo largo de estos duros meses de pandemia, como lo son el uso de la mascarilla o el distanciamiento social; y requiriendo de una colaboración y coordinación de todos los niveles de la administración, desde la nacional a la autonómica y local, junto con municipios, organizaciones de comerciantes, agentes sociales, culturales y hasta deportivos, desde el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se han establecido así esta serie de medidas:

1.- Limitación de entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas

Desde el 23 de diciembre de 2020 y hasta el 6 de enero de 2021, las Comunidades y Ciudades Autónomas limitarán la entrada y salida de los ciudadanos de sus distintos territorios, a excepción de aquellos desplazamientos debidamente justificados o para acudir hasta aquellos territorios que “sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen”. Un discutido extremo que, “a la vista de la evolución de la situación epidemiológica”, las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía podrán limitar a “días determinados”. Recomendándose en cualquier caso “evitar o reducir la movilidad geográfica lo máximo posible”, y quedando exentas de la aplicación de esta medida las Comunidades de Canarias y de las Islas Baleares.

2.- Cenas y comidas con un número máximo de 10 personas

En lo relacionado con el tamaño de los grupos, se establece que en los encuentros con familiares y allegados para celebrar las comidas y cenas de Navidad de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 no podrán superarse el número máximo de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes. Recomendándose en este punto que aún así no se superen los dos grupos de convivencia en esta serie de reuniones y debiendo tener especial cuidado y precaución con las personas en situación de vulnerabilidad frente al coronavirus.

3.- Toque de queda nacional a la 1:30h

Para las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 (Nochebuena) y para la del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021 (Nochevieja), se acuerda una extensión a la libre circulación en horario nocturno que comenzará, “a más tardar”, a la 1:30 horas de la madrugada. Pudiéndose utilizar esa ampliación de horario “únicamente para permitir el regreso al domicilio” y “en ningún caso” para “desplazarse a diferentes encuentros sociales”.

4.- Límite a la celebración de eventos navideños: de las cabalgatas a las campanadas

Del 23 de diciembre al 6 de enero de 2021, se limitan a su vez las celebraciones de aquellos eventos presenciales que vayan a suponer una elevada afluencia de público o que puedan generar aglomeraciones. Un punto del que se deberán de encargar de dar cumplimiento las distintas administraciones autonómicas, y del que en cualquier caso quedarán únicamente exentos aquellos eventos en los que se garanticen las debidas medidas de seguridad.

“Se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas”.

5.- Recomendaciones para el periodo del 23 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021

En el quinto punto de este acuerdo marco, se han aglutinado una serie de 11 recomendaciones y limitaciones dirigidas a diferentes sectores económicos, sociales, administrativos y concretos de la población, con el fin de que puedan adoptar el mejor de los perfiles y contribuir así a evitar riesgos innecesarios de contagio y la propagación del coronavirus.

5.1.- Las 6M

Entre ellos, se recomienda a las administraciones autonómicas de todo el Estado durante este periodo de Navidad “reforzar los mensaje relacionados con las medidas de prevención”. Haciendo hincapié en lo que se han denominado las “6M”: Mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible), Manos (lavado de manos frecuente), Metros (mantenimiento de la distancia física), Maximizar ventilación y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura), Minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja) y “Me quedo en casa si síntomas, diagnóstico o contacto”.

5.2.- Estudiantes que vuelven a casa

Para aquellos que se encuentren realizando sus estudios fuera de su lugar de residencia familiar, se les recomienda que limiten al máximo sus interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes a realizar su desplazamiento. Atendiendo para ello a las medidas aplicables en cada zona. Así como, una vez en su lugar de residencia familiar, que limiten sus contactos, respeten su “burbuja” de convivencia y realicen las interacciones sociales principalmente al aire libre en lugar de en interiores.

5.3.- Restauración y hostelería

En cuanto a los establecimientos hosteleros, estos deberán seguir operando bajo las normas de aforo y prevención, así como conforme a las limitaciones impuestas y vigentes en cada Comunidad y Ciudad Autónoma. Recomendándose a su vez que se emplee el “uso de mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato”.

5.4.- Limitaciones y usos en la vía pública

Los ayuntamientos favorecerán el uso de la vía pública para acometer actividades para la infancia, la hostelería o el comercio, así como para la realización de eventos culturales, respetando siempre las limitaciones a los eventos navideños ya anunciadas anteriormente. Quedando así mismo la ingesta de alimentos y de bebidas en la calle prohibidos, excepto en los espacios acondicionados para ello.

5.5.- Cancelación de eventos deportivos

No podrán llevarse a cabo durante todo este periodo ningún gran evento deportivo, y en su lugar “se recomiendan modalidades de participación virtual”.

5.6.- Eventos culturales

Los tradicionales eventos en cines, teatros o auditorios que se llevan a cabo durante este periodo de fiestas navideñas, se podrán llevar a cabo siempre respetando las medidas y limitaciones de aforo correspondiente. Recomendándose, siempre que sea posible, llevar estas actividades al aire libre y garantizando que se cumple la distancia mínima de seguridad entre los asistentes.

5.7,. Celebraciones religiosas

Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán con las mismas limitaciones de aforo establecidas por cada autoridad autonómica, recomendándose en cualquier caso “evitar los cantos, recomendando en su lugar el uso de música pregrabada”; y evitar “las muestras físicas de devoción o tradición”, como besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc. Excluyéndose así mismo oficios religiosos, como la misa del Gallo, de las excepciones recogidas para la libre circulación en horario nocturno, por lo que “se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión”.

5.8.- Comercio

En un periodo de compras tan significativo como lo es la campaña de Navidad, se “recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales”. En los que se “respetarán el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad”.

5.9.- Centros residenciales socio-sanitarios

Para los residentes en esta clase de residencias que realicen una salida más prolongada con motivo de las fiestas navideñas, se recomienda que esta “quede restringida a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable”. “A su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención”.

5.10.- Transporte público

Se recomienda a las administraciones aumentar la frecuencia de los horarios del transporte público “para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla”. Recomendándose a la población, “siempre que sea posible”, realizar los desplazamientos en transporte al aire libre.

5.11.- Coordinación entre administraciones

Con el fin de lograr dar un correcto cumplimiento a toda esta serie de medidas restrictivas y trasladar a la población las recomendaciones que deberán de seguir para hacer de estas atípicas Navidades unas fiestas seguras para todos, “se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y las Federaciones Regionales de Municipios para informar de la situación epidemiológica”, así como “para acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de la ciudadanía, con actividades al aire libre, y cumpliendo las medidas de prevención (6 M) y de limitación de agrupaciones de personas que sean aplicables”.

Según trasladan desde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la comunidad autónoma de Madrid formuló un voto particular negativo a los apartados primero y segundo del Acuerdo. Mientras que la comunidad autónoma de Cataluña ha formulado voto particular de abstención.

Photo Credits: Pool Moncloa, Borja Puig de la Bellacasa.

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