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El Congreso aprueba la prohibición a la destrucción de excedentes textiles

Por Jaime Martinez

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Photo Credits: Unsplash.

España daba en el día de ayer un paso más hacia un modelo económico más circular, después de que el Congreso de los Diputados pasase a aprobar el Proyecto de Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Dictamen elaborado por la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico que, tras recibir el respaldo mayoritario en el Congreso con 182 votos a favor, 70 en contra y 88 abstenciones, será ahora remitido al Senado para entrar en la recta final de su tramitación parlamentaria.

Con algo de retraso frente a otros países europeos, como por ejemplo una Francia que comenzará a aplicar la prohibición de la destrucción de excedentes textiles desde a partir de este mismo 1 de enero de 2022 en virtud de lo recogido en su Ley AGEC por la economía circular, la norma que se está terminando de tramitar en España buscará incorporar a nuestro ordenamiento jurídico las últimas Directivas europeas en materia de residuos, de mayo de 2018, y sobre plásticos de un solo uso, de junio de 2019, aprobadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Viniendo igualmente el texto a actualizar diferentes aspectos de la Ley española de residuos y suelos contaminados de 2011.

“Este Proyecto de Ley tiene como objetivo impulsar una economía circular y baja en carbono en España, revisando la actual normativa de residuos y suelos contaminados para cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las directivas comunitarias de residuos, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso”, defienden desde el Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico. “Todo ello”, añaden, “en línea de la Estrategia Española de Economía Circular”, el conocido como plan España Circular 2030, y con el decidido objetivo de “romper el vínculo entre el crecimiento económico y los impactos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación de residuos”. Finalidad que la nueva norma tratará de alcanzar a través de “medidas de prevención en la política de residuos, mediante la inclusión de objetivos concretos y cuantificables” tales como impulsar una “reducción del peso de los residuos producidos de un 13 por ciento en 2025 y de un 15 por ciento en 2025”, respecto a los generados en 2010.

Photo Credits: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Sala de prenda.

Prohibición a la destrucción de excedentes textiles

Entre las principales medidas que contempla la nueva normativa, en el apartado de medidas para prevenir la generación de residuos, la nueva Ley, una vez aprobada definitivamente, autorizará a las autoridades competentes a adoptar todas aquellas medidas necesarias para, entre otras, promover y apoyar los modelos de producción y de consumo sostenibles y circulares; o el fomentar el diseño y la fabricación de unos productos eficientes y duraderos en términos de vida útil, con ausencia de una obsolescencia prematura y preparados para ser reparables, reutilizables y actualizables. Punto este al que se mostrarán como añadido todas aquellas acciones que deberán dirigir las mismas autoridades con vista a fomentar la reutilización y donación de productos, en especial aquellos vinculados a las categorías de aparatos electrónicos, pilas y acumuladores, textiles y muebles, envases y materias y productos de construcción.

En el asunto concreto de los textiles, la nueva norma, una vez finalmente aprobada, además recoge que quedará completamente “prohibida la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos”, tales como “textiles, juguetes y aparatos electrónicos”, entre otros, con la salvedad de que en cualquier caso “dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa”. Estableciendo a razón de este punto, el que para la gestión de estos excedentes los mismos “se destinarán en primer lugar a canales de reutilización, incluyendo su donación, y cuando esto no sea posible, a la preparación para la reutilización”. Es decir, siguiendo en el ámbito del textil, a su preparación para el reciclaje con el fin de poder nuevamente ser utilizados por la industria dentro de un modelo de producción circular.

Photo Credits: Ferre Yarns, empresa española especializada en la fabricación de hilos reciclados. Página oficial.

Recogida separada de desechos textiles para antes de finales de 2024

Con el fin de igualmente avanzar hacia ese modelo de economía circular que se busca asentar desde Europa a través de una mejor y mayor gestión eficiente de los recursos, la nueva norma hace del mismo especial hincapié en el desarrollo de nuevos programas de gestión de residuos. Unas medidas que deberán adoptar las distintas autoridades públicas, con la vista puesta en garantizar el que se logran alcanzar distintos objetivos, como los de reducir el peso de los residuos producidos en un 13 por ciento, para 2025, y en un 15 por ciento, para 2030, respecto a los generados en 2010.

Para la gestión de estos desperdicios, la nueva Ley prevé la implantación de un nuevo sistema de recogidas separadas para biorresiduos domésticos que deberá de implantarse antes del 31 de diciembre de 2021 para las entidades locales con más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto de municipios. Una medida que se terminará de completar con la implantación, para antes del 31 de diciembre de 2024, de una recogida separada para residuos textiles, aceites de cocina usados, de residuos domésticos peligrosos y de residuos voluminosos.

Photo Credits: Ecolife Yarns by Belda Lloréns, empresa española especializada en la fabricación de hilos ecológicos y sostenibles. Página oficial.

Dos nuevos impuestos nacionales, a partir del 1 de enero de 2023

Como medida además para incentivar este paso a la economía circular, la nueva Ley también contempla, en uno de sus apartados más controvertidos, la creación de dos nuevos impuestos que, como consecuencia de la crisis económica y sanitaria generada a cuenta de esta pandemia por coronavirus, pasarán a entrar en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023. Siendo de ellos, el primero, un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables, y el segundo, un nuevo impuesto al depósito de residuos en vertederos, a la incineración y a la coincineración de residuos.

En lo que atañe a la primera de estas dos nuevas figuras impositivas, el nuevo impuesto al plástico de un solo uso, de carácter nacional, vendrá gravado con un tipo impositivo de 0,45 euros por kilo. Una medida que tratará de reforzar otros puntos de la norma, como la prohibición a introducir en el mercado productos de plástico como pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, cualquier producto hecho con plástico oxodegradable, así como las microesferas de plástico de menos de 5 mm; o la reducción de otros plásticos de un solo uso, como vasos para bebidas, tapas y tapones, para los que se establece que quedará prohibida su distribución gratuita y deberá cobrarse un precio por cada uno de los productos de plástico que se entreguen al consumidor, a partir del 1 de enero de 2023.

Mientras tanto, en lo concerniente al segundo de los nuevos impuestos, el Impuesto sobre el depósito de residuos y la incineración, se tratará de un nuevo gravamen de carácter indirecto que se aplicará igualmente en todo el territorio español por el depósito de residuos en vertederos o por motivo de su incineración o coincineración. Dependiendo su pago en función del peso de los residuos y el tipo de instalación en el que se terminen gestionando o depositando.

“Por primera vez, con carácter estatal, se hace uso de medidas fiscales en el ámbito de los residuos para incentivar la economía circular”, destacan en relación a los nuevos gravámenes desde el Ministerio para laTransición Ecológica. “Por un lado”, tratan de sintetizar, “se incluye un impuesto sobre envases de plástico no reutilizables”, y “por otro lado, y en coherencia con el refuerzo de la jerarquía de residuos, se incluye un impuesto a la incineración, coincineración y al depósito de residuos en vertedero, así como la obligación para las entidades locales en el plazo de 3 años de desarrollar una tasa o prestación patrimonial de carácter pública no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria asociada a los servicios de gestión de residuos que prestan”. Teniendo en cualquier caso como principales finalidades estas “dos figuras tributarias”, justifican, “la prevención de la generación de residuos de envases de un solo uso y el fomento de las primeras opciones de la jerarquía, esto es, prevención, preparación para la reutilización y el reciclado”.

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