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Madrid adelanta el cierre de los comercios y prohíbe las reuniones en domicilios privados

Por Jaime Martinez

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Madrid – Como consecuencia del aumento de la incidencia del coronavirus, y en línea con la postura que están adoptando el resto de las Comunidades Autónomas, el Gobierno regional de la Comunidad de Madrid anunciaba el pasado viernes un paquete de nuevas medidas dirigidas a frenar la propagación del brote. Medidas que se aplicarán durante un periodo inicial de dos semanas a contar a partir de hoy, lunes 25 de enero, y hasta el próximo 8 de febrero, entre las que se contemplan desde la prohibición de mantener reuniones en domicilios privados hasta el adelanto del toque de queda.

Así pues, era el propio consejero de Sanidad regional, Enrique Ruiz Escudero, junto al viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, quien se encargaba de anunciar las nuevas medidas que comienzan a aplicarse hoy en la Comunidad de Madrid. Todo ello a lo largo de una rueda de prensa de la que hicieron uso para igualmente informar de la situación epidemiológica y asistencial que experimentaba en ese mismo momento la región. Cuya administración, ante el aumento de los casos y la constatación de “una clara tendencia al alza” de la nueva variante británica del virus, ha iniciado ya las labores de acondicionamiento del tercer pabellón del Hospital público Enfermera Isabel Zendal. Espacio con 352 camas adicionales que estará listo para funcionar a lo largo de esta misma semana.

Adelanto de la hora de cierre de comercio y hostelería

El nuevo paquete de medidas contempla así una ampliación del horario restringido para la movilidad nocturna. El cual, salvo por causas justificadas, se verá a partir de hoy reducido desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas. Una medida que desde el Gobierno regional califican de “excepcional” y cuya aplicación se prevé que se mantenga únicamente durante este periodo de 14 semanas, a la espera de con ello reducir considerablemente la incidencia del coronavirus en la Comunidad.

Como resultado de la medida, se ha decidido igualmente adelantar el horario de cierre de todos los establecimientos comerciales y de los dedicados a la hostelería y la restauración. Los cuales deberán cerrar sus puertas a las 21:00h en lugar de a las 22:00h como hasta ahora. Pudiendo exclusivamente permanecer abiertos en horario nocturno farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y aquellos que presten servicio “imprescindibles e inaplazabales”.

Prohibición a las reuniones en domicilios particulares y nuevo límite de 4 personas para la hostelería

En lo que atañe al derecho de reunión, mediante el decreto de las nuevas restricciones quedan prohibidas las reuniones en domicilios particulares de personas no convivientes, salvo para los casos en los que se trate del cuidado a terceras personas, tales como mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables. Una medida adoptada ya con antelación por otras regiones como La Rioja, y que a lo largo de la jornada de hoy podrían decretar, ya de manera oficial, desde otras Comunidades Autónomas como la Comunidad Valenciana.

Según recoge el Artículo 2 del Decreto recogido por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del pasado sábado, 23 de enero, de la excepción al límite de reunión en domicilios y espacios privados quedarán aquellas “personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada”, contemplándose a su vez que “cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola”. En segundo lugar, a las personas que se mantengan al “cuidado, asistencia o acompañamiento a menores de edad, personas mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por motivos justificados”. Mientras que también quedarán exentas de la medida las reuniones “de menores de edad con sus progenitores o tutores legales, en caso de que vivan en domicilios diferentes”; las de “personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes”; “las actividades propias de los centros, servicios y establecimientos de carácter social”; “las actividades laborales, educativas e institucionales”; y por último “aquellas actividades para las que la Consejería de Sanidad haya establecido medidas específicas para la contención del COVID-19”.

Esta agravada severidad en los nuevos límites de reunión se verá igualmente reflejada en el terreno de la hostelería. Donde nuevamente se vuelven a ajustar los baremos, estableciéndose ahora un nuevo límite máximo de 4 personas por mesa para los servicios de hostelería y de restauración, tanto en el interior como en las terrazas y espacios al aire libre. Personas que en este caso sí podrán ser no convivientes, y que en cualquier caso no podrán hacer uso del servicio de barra, que queda suspendido.

Límite de aforamiento del 75 por ciento para comercios y centros comerciales

En cuanto al aforo en los espacios cerrados en los que puedan llevarse a cabo el encuentro de un número elevado de personas no convivientes, la norma general en la región pasa a ser la de mantener un aforo de un 50 por ciento en todos los lugares interiores, así como en los espacios de ocio de los centros comerciales; cuyo aforo pasa así del 75 al 50 por ciento.

Frente a esta reducción en el aforamiento, la norma establece excepciones a ese 50 por ciento de carácter general, que se verá igualmente reducido, en su caso a un 40 por ciento, en el aforo de las salas polivalentes tales como el Wizink Center; mientras que lo será manteniéndose por encima, en un 75 por ciento, para terrazas al aire libre, centros de formación no reglada, comercios, parques comerciales, centros comerciales, teatros, cines, museos y otras instalaciones culturales.

Mientras tanto, en las zonas básicas de salud afectadas con restricciones, el aforo en los lugares de culto pasará a ser del 30 por ciento, y del 50 por ciento para academias , autoescuelas y actividades deportivas en espacios interiores; con las exteriores pudiendo llevarse a cabo en un aforo del 60 por ciento.

Además de insistir nuevamente en que toda la población recurra al uso permanente de la mascarilla en todos los ámbitos, incluida la hostelería, excepto en los momentos de comer y beber, así como en la recomendación de que las empresas vuelvan a incentivar la práctica del teletrabajo, desde la Comunidad de Madrid recuerdan que las sanciones por infringir las medidas oscilan entre los 600 y los 600.000 euros. Mientras que además podrá procederse al cierre cautelar de los espacios que no cumplan con las medidas anticovid-19.

Photo Credits: Unsplash. / Comunidad de Madrid. / Infografía extraída del perfil oficial en Twitter de la Comunidad de Madrid.

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