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La Audiencia Nacional condena a Decathlon por discriminación salarial

Por Jaime Martinez

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Tienda de Decathlon. Credits: Decathlon.

Madrid – La Audiencia Nacional ha finalmente fallado en contra de la cadena multinacional especializada en prendas y equipamiento deportivo Decathlon, en la causa interpuesta en su contra por las organizaciones sindicales CCOO, USO y de la UGT. Asociaciones que denunciaron ante el tribunal a la compañía deportiva por discriminación salarial en su trato a los trabajadores a tiempo parcial.

Según a este respecto se han abierto a detallar desde la organización sindical de Comisiones Obreras (CCOO), como manera de operar a la hora de estructurar y gratificar a sus equipos de trabajo, los trabajadores a tiempo parcial de la multinacional en España habían venido percibiendo como base de sus condiciones laborales una remuneración inferior a la que percibían aquellos trabajadores contratados a jornada completa de 40 horas semanales. Una diferencia que desde la organización sindical entendían como una clara muestra de discriminación entre los trabajadores, hecho ante el que se plantaron forzando a la dirección de la compañía a que revisaran las bases de contratación de sus trabajadores a tiempo parcial.

Como fruto de este proceso, relatan desde CCOO, Decathlon finalmente procedió a eliminar la diferencia salarial entre unos y otros trabajadores, procediendo a equiparar los salarios de los trabajadores a tiempo parcial y los de los trabajadores a tiempo completo. Una corrección que se pasó a materializar desde una actualización de las tablas salariales de 2023 del Convenio Colectivo de la compañía, pero manteniéndose la directiva de Decathlon en la negativa de pagar esa diferencia salarial con carácter retroactivo. Hecho por el que finalmente desde CCOO se decidieron a interponer ante la Audiencia Nacional una demanda en contra de Decathlon, con el objetivo puesto en obligar a la compañía a aplicar el ajuste con carácter retroactivo, exigencia ante las que el sindicato terminó por recibir el apoyo de las organizaciones sindicales de la USO y de la UGT. Asociaciones desde donde igualmente se decidieron a adherirse a la demanda presentada ante la Audiencia Nacional por CCOO contra Decathlon, por vulneración de derechos fundamentales en la vertiente retributiva, y por vulneración del derecho a la igualdad, en base a lo recogido en el Artículo 14 de la Constitución Española.

“Desde CCOO lo intentamos solventar con la dirección de la empresa a través del diálogo en varias reuniones de la comisión paritaria, pero ni Decathlon, ni el sindicato mayoritario”, en referencia al SGICD (Sindicato Grupo Independiente de Colaboradores de Decathlon), “apostaron por eliminar dicha discriminación”, detallaban desde la organización sindical una vez ya celebrado el juicio, fijado para este pasado 20 de febrero de 2024. A pesar de ese rechazo, “los sindicatos USO y UGT” sí se adhirieron “a nuestra demanda” de ajuste, “lo que valoramos positivamente”, añadían, pero de cara ya a lo que entendían que resultaba ser el paso obligado a seguir, y que consistía en defender esa exigencia ante los tribunales. En concreto, frente a una Audiencia Nacional ante la que las organizaciones sindicales reclamaban el que se declarase “que ha existido esta discriminación salaria durante los ejercicio 2021 y 2022”.

Fallo contra Decathlon por discriminación salarial

Celebrado ya el juicio, durante el cual desde el Ministerio Fiscal se llegó a presentar un informe favorable desde el que se solicitaba la estimación de la demanda, ahora ya desde CCOO han anunciado que finalmente su denuncia por discriminación salarial contra Decathlon ha sido estimada, fallando la Audiencia Nacional en contra de la multinacional deportiva. Empresa a la que se la ha condenado a abonar a todos los trabajadores a tiempo parcial la diferencia mensual que no percibieron frente al salario de los trabajadores a tiempo completo desde mayo de 2022 a diciembre de 2022. Diferencia que consiste en el importe de 0,192 euros/hora, para los trabajadores del Grupo 4, y de 0,168 euros/hora, para los trabajadores del Grupo 5.2.

“El fallo de la Audiencia ha declarado la lesión del derecho de igualdad retributiva de los trabajadores a tiempo parcial de la empresa Decathlon España”, a quienes no se les reconocía “el derecho a percibir el plus/compensación por la posibilidad de realizar jornadas flexibles durante los años 2021 y 2022”, condenando a la compañía según los términos ya expuestos, apuntan desde CCOO. Desde el sindicato, añaden, “venimos advirtiendo que no vamos a consentir ningún tipo de discriminación hacia la plantilla de Decathlon, manteniendo nuestro firme compromiso con la defensa de los derechos de las trabajadoras y trabajadores”. Y en ese propósito, “CCOO no permitirá que los derechos de representación de la plantilla sean vulnerados”, para lo que “continuaremos garantizando la protección de las compañeras y compañeros que luchan, en el día a día, dentro de Decathlon por garantizar el cumplimiento de los derechos laborales”, apostillan, en lo que parecen ser unas nuevas palabras dirigidas hacia los miembros del sindicato SGICD. Organización a la que ya habían acusado desde CCOO de, con su posición de perfil ante estas últimas reclamaciones, mantenerse, “nuevamente”, “al margen de los derechos de las personas trabajadoras” en Decathlon.

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