Gobierno y agentes sociales acuerdan la prorrogación de los ERTE hasta el 30 de septiembre
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Madrid – El Gobierno, representado por los responsables de las carteras de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, alcanzaba ayer un acuerdo con sindicatos y patronal para la prorrogación de los beneficios de los ERTE. Cuya vigencia, tras la caída de la declaración del estado de alarma y la entrada del país en la “Nueva normalidad”, se verá extendida hasta el próximo 30 de septiembre.
El acuerdo, que se trasladará hoy mismo al Consejo de Ministros que reunirá a los miembros del Ejecutivo, prevé “beneficios en las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social, garantías para el mantenimiento del empleo y mecanismos de flexibilidad para que las empresas se adapten a los nuevos escenarios según evolucione la crisis sanitarias”. Unas demandas que tanto sindicatos como patronal habían venido reclamando a lo largo de estas últimas semanas, y sobre las que finalmente se ha llegado a un buen entendimiento en el marco del diálogo social.
Exoneración del pago de cuotas y un nuevo “ERTE de transición”
Tal y como trasladan desde los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, en el asunto de las exoneraciones de cuotas para las empresas, están se realizarán según su situación, atendiendo para ello a si mantienen ERTES por fuerza mayor parciales o totales. Así, “en el caso de las empresas que están en situación de fuerza mayor parcial, el acuerdo hasta septiembre mantiene el espíritu del vigente, bonificando más las cotizaciones de los trabajadores activos que de los suspendidos”. Introduciéndose en el caso de las afectadas por un ERTE total un nuevo modelo de “transición”, con vigencia igualmente hasta el 30 de septiembre.
Como consecuencia de ello, en el caso de empresas con ERTE parcial y menos de 50 trabajadores, estas tendrán una exoneración del 60 por ciento de las cotizaciones sociales de sus trabajadores activado en los meses de julio, agosto y septiembre. Siendo del 35 por ciento para los trabajadores que se mantengan suspendidos. Mientras que para empresas de 50 o más trabajadores, las exoneraciones de cuotas serán del 40 por ciento para los trabajadores activados, y del 25 por ciento para los que se mantengan inactivos.
En cuanto a las empresas que presenten actualmente un ERTE por fuerza mayor total, pasarán a un ERTE de transición que se mantendrá vigente hasta el 30 de septiembre. Diferenciándose del mismo modo entre aquellas con menos o más de 50 trabajadores. En el caso de las primeras, tendrán una exoneración decreciente de las cotizaciones de sus empleados que irá del 70 por ciento (julio), al 60 por ciento (agosto) y al 35 por ciento (septiembre). Mientras que en aquellas empresas de más de 50 trabajadores, las exoneraciones de cuota serán del 50 (julio), 40 (agosto) y 25 por ciento (septiembre).
En todos los casos, “estos ERTE se tramitarán contando con el informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y tras haber informado a los representantes legales de los trabajadores, tal como regula el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores”, añaden desde los ministerios de Trabajo y Seguridad Social mediante un comunicado conjunto.
Prohibido despedir, contratar, repartir dividendos y las horas extra
Entre las demás consecuencias que acarreará para las empresas el recurrir a esta serie de exoneraciones del pago de cuotas, el acuerdo prevé la prohibición de que realicen cualquier tipo de despido, debiendo de “mantener el empleo durante un periodo de seis meses” y no pudiendo recurrir a reforzar sus plantillas con nuevas contrataciones.
“Durante un ERTE en vigor, las empresas no podrán efectuar despidos y tampoco podrán repartir dividendos. Quedan fuera del ámbito de aplicación de estos ERTE las empresas radicadas en paraísos fiscales”, explican desde los ministerios de Trabajo y Seguridad Social; en relación a un acuerdo que tampoco permitirá “que las empresas concierten nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que establezcan nuevas externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE”. Mientras que en el caso de los trabajadores de aquellas empresas que recurran a estos Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, estos “no podrán realizar horas extra”.
Ayudas y prestaciones por desempleo
Con esta serie de medidas, desde el Ejecutivo se busca garantizar que los ERTE sirvan para evitar la destrucción de más puestos de trabajo, reconvirtiéndolos en una herramienta para la protección de los trabajadores, que continuarán pudiendo recibir la prestación por desempleo bajo los mismos requisitos que ya se les requerían por parte de la Administración.
“Las personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados del Covid-19, tanto de fuerza mayor total o parcial como basados en causas productivas o los tramitados en caso de rebrote, gozarán de la protección reforzada prevista en el anterior acuerdo”, reconociéndoles “la prestación aún cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a 0”.
Photo Credits: Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Gobierno de España.