Castilla-La Mancha reabre centros comerciales y hostelería
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Madrid – El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha acordado flexibilizar las medidas impuestas en la región en su lucha contra la pandemia por coronavirus. Una decisión que se encargaba de anunciar en el día de ayer el consejero regional de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, en virtud de la cual a partir de hoy, viernes 12 de febrero de 2021, y por un periodo inicial de por ahora 10 días, podrán reabrir los centros comerciales de la región así como, entre otras medidas, retomar su actividad los locales comerciales destinados a hostelería y restauración.
En este sentido, Fernández Sanz explicaba a lo largo de su intervención que “se flexibilizan las medidas especiales nivel 3 avanzadas, para pasar a medidas especiales nivel 3”. Recordando asimismo que las nuevas medidas no alterarán restricciones como la del toque de queda, que continuará vigente en horario de las 22:00h de la noche hasta las 07:00h de la mañana del día siguiente. Apreciaciones que venían subrayadas por parte del Consejo con el apunte de que “se adoptarían medidas complementarias a las establecidas” en el caso de que “las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación”.
Comercios a 1/3 del aforo máximo
Entrando a detallar las nuevas medidas que entran en vigor a partir de hoy, en cuanto a la movilidad de los ciudadanos se levanta el confinamiento perimetral entre municipios, aunque se mantiene el confinamiento perimetral para toda la región. En la que igualmente se limitará al 50 por ciento la ocupación de los autobuses urbanos y de los taxis.
En lo que concierne al comercio, los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a 1/3 del aforo máximo permitido. Medida que deberá de continuar viéndose reforzada con la aplicación extrema de medidas higiénico-sanitarias, entre ellas la higiene de manos mediante gel hidroalcohólico a la entrada de los establecimientos.
En cuanto a la hostelería y la restauración, los locales destinados a esta actividad podrán retomar su actividad bajo una serie de extremas condiciones, entre ellas la de cerrar sus puertas una hora antes del toque de queda establecido en ese momento o la prohibición de servir a cualquier comensal o cliente que no se encuentre sentado en una de sus mesas, tanto en interiores como en exteriores. Asimismo, en espacios interiores la capacidad de los establecimientos se verá reducida a 1/3 de su capacidad, debiendo garantizar una distancia mínima de dos metros entre las sillas de las diferentes mesas y el resto de medidas establecidas en cuando a distancia de seguridad y de agrupación. Quedando no obstante suspendido el servicio y el uso para el consumo en la barra de todos los bares, restaurantes y resto de establecimientos. Elemento al que además queda “expresamente prohibido” añadir cualquier elemento que pueda ampliar su superficie para permitir su uso a modo de mesa.
En lo relativo ya a las terrazas y a los espacios al aire libre de esta categoría de negocios, su aforo se verá reducido a un 50 por ciento del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente, debiendo de garantizar asimismo esos dos metros de distancia mínima entre sillas de distintas mesas y el resto de medidas de distanciamiento y de agrupación.
Durante las celebraciones con motivos de bodas, comuniones, bautizos o eventos similares, los mismos locales destinados a la restauración deberán extremar aún más sus medidas, pudiendo continuar con su funcionamiento pero en un aforo máximo de 30 personas en espacios abiertos, manteniendo las limitaciones en cuanto al aforo ya explicadas. Mientras que en el caso de que estas celebraciones se den en otro tipo de espacios o instalaciones, no podrá superarse el número máximo de 6 personas.
Reapertura de museos, cierre de teatros y cines y con los hoteles al 50 por ciento de su capacidad
Además de esta serie de medidas sobre la actividad comercial y el sector de la restauración, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha acordado igualmente la apertura de bibliotecas, museos y archivos, en un aforo limitado al 30 por ciento de su capacidad. Mientras que cines, teatros y auditorios y los locales de juego, apuestas, bingos y similares deberán permanecer cerrados, al igual que los hogares de jubilados y centros colectivos y culturales.
Detallando alguno de estos puntos, se pormenoriza que podrán celebrarse congresos, seminarios y actividades similares, siempre que no se supera el número máximo de 6 personas. Mientras que otros negocios como los hoteles solo podrán funcionar al 50 por ciento de su capacidad y con un aforo máximo de sus zonas comunes del 25 por ciento.
Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento por ciento del habitual. Los mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3. Y en las visitas a los monumentos y lugares de interés cultural, se limitará el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
Restricciones a los eventos colectivos
En lo que refiere a todas aquellas actividades que pueden reunir a un considerable número de personas, se suspenden todas las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos o taurinos. Que podrán celebrarse, al igual competiciones deportivas no federadas, cuando estén promovidas por asociaciones, peñas o particulares, siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.
Detallando algunos aspectos concretos relativos a la práctica del deporte, las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción. Mientras que en las instalaciones deportivas, el aforo será del 20 por ciento en interiores y del 50 por ciento en exteriores. Lo que no impedirá que aquellas destinadas a un uso recreativo, entre ellas las piscinas municipales y las piscinas comunitarias de los bloque de edificios, deban de permanecer cerradas.
En cuanto a otra serie de espacios públicos de uso lúdico que puedan reunir a un alto número de personas, se decreta el cierre cautelar de parques, jardines y espacios de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00h y las 08:00h. Y durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
Limitaciones en centros de mayores y a las celebraciones religiosas y sociales
En los Centros de Día de personas mayores y con discapacidad, se suspenden cautelarmente todas sus actividades. Así como las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. Instalaciones a las que las personas ajenas a los centros deberán limitar sus visitas a lo estrictamente necesario. Mientras que de las residencias y viviendas para mayores no se permitirán las salidas salvo por “razones de fuerza mayor”, debiendo de mantener las personas que lo hagan a su regreso una cuarentena que variará según lo establecido en cada momento. Dejando no obstante vía libre al abandono definitivo o el traslado temporal del mayor al domicilio familiar, siempre durante un periodo superior a la vigencia de las medidas.
En cuanto a las celebraciones en los ámbitos sociales y a las actividades religiosas, los velatorios y comitivas fúnebres contarán con un máximo de 6 personas. Mientras que en bodas y bautizos los espacios de culto cerrado podrán albergar hasta un 40 por ciento de su capacidad, y en espacios abiertos un número máximo de hasta 100 personas, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal y el resto de medidas higiénico-sanitarias.
Photo Credits: Gobierno de Castilla-La Mancha.