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Fase 3: novedades y cambios para el sector retail

Por Jaime Martinez

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Madrid – Hoy lunes España estrena la denominada como “Fase 3” del plan de desescalada diseñado por el Ejecutivo. Etapa sobre la que irán avanzando los distintos territorios a lo largo de las próximas semanas, de considerarse así desde el Ministerio de Sanidad, en el supuesto de que logren mantener sus actuales tendencias a la baja en cuanto a número de infectados por coronavirus, así como el cumplimiento de los distintos requisitos para cambio de fase estipulados desde el citado ministerio.

Durante esta primera semana, únicamente podrán aplicarse las nuevas medidas vinculadas a esta nueva “Fase 3” en los territorios de las islas de La Gomera, El Hierro y La Graciosa de la Comunidad Autónoma de Canarias; y en la isla de Formentera de la Comunidad Autónoma de Illes Balears. Únicas unidades territoriales que avanzan, por ahora, a la “Fase 3”, a la espera de que vayan siguiendo su mismo camino las distintas regiones del país. Que esta semana se mantendrá con cerca del 70 por ciento de la población —según datos del propio ministerio de Sanidad— pudiendo hacer uso de las medidas de desconfinamiento vinculadas a la denominada “Fase 2”. Una relajación ante la que desde el ministerio de Sanidad, su máximo responsable Salvador Illa, recuerda que debemos permanecer precavidos.

“El riesgo de posibles rebrotes existe y, por tanto, la cautela es el mejor aliado”, destacaba Illa; en relación a una desescalada ante la que aconseja que mantengamos “un comportamiento igual de responsable y ejemplar” que durante el confinamiento. “Será la mejor receta para llegar a la meta que buscamos: la derrota del virus”.

Aforo de tiendas al 50 por ciento y supresión de las franjas horarias

Este pasado sábado 30 de mayo el Gobierno publicaba en el Boletín Oficial del Estado las diferentes medidas de reducción gradual de las restricciones a la movilidad, la actividad comercial y el contacto social decretadas al amparo de la declaración del estado de alarma del pasado 14 de marzo, vinculadas a esta “Fase 3” del proceso de desescalada. Una relajación que acarreará significativos avances hacia la paulatina recuperación de la vida cotidiana y de la actividad comercial en ámbitos tan diversos como la hostelería, el turismo, las actividades culturales, el deporte, la celebración de congresos y, por supuesto, cambios igualmente importantes para el sector del retail. Entre los que destacan, sin duda, aspectos como la supresión de las franjas horarias por colectivos o la autorización para realizar movimientos por dentro de toda la provincia, o unidad territorial de referencia.

En lo relativo específicamente al desarrollo de la actividad comercial, en esta “Fase 3” podrá procederse a la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas con independencia de su superficie útil de exposición y de venta, “siempre y cuando se limite su aforo al cincuenta por ciento”.

En cuanto a los centros comerciales, estos podrán proceder ya a la reapertura al público de las zonas comunes y sus zonas recreativa, limitando su aforo al “cuarenta por ciento”. Mientras que en los establecimientos comerciales vinculados a estos mismos centros y complejos, el aforo se mantendrá en ese mismo “cincuenta por ciento” establecido para todos los locales comerciales.

Mientras tanto, en el caso de los mercadillos, se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Pudiendo los ayuntamientos, si así lo consideran, aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el desarrollo de esta actividad con el fin de garantizar el cumplimiento de la restricción.

Tiendas al 50 por ciento, y zonas comunes al 40

De manera más detallada, encontraremos los preceptos exactos que deberán, y podrán, cumplimentar todos aquellos establecimientos comerciales que pasen a realizar su actividad durante esta “Fase 3” en el Capítulo III del BOE de este pasado sábado 30 de mayor, “Condiciones para el desarrollo de la actividad en establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados”.

Empezando por aquellos locales comerciales sin condición de centro o parque comercial, en virtud del artículo 11 del citado BOE, estos podrán retomar su actividad “con independencia de su superficie útil de exposición y venta”, cumpliendo con los requisitos de que “se reduzca al cincuenta por ciento el aforo total en los establecimientos y locales”. “En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas”, se explica, “la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción”. Debiéndose de garantizar en cualquier caso “una distancia mínima de dos metros entre clientes”. “En los locales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente”. E igualmente deberán establecer “un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años”. Entre las demás medidas que deberán garantizar, estarán las de “establecer, en su caso, sistemas de recogida en el establecimiento de los productos adquiridos por teléfono o Internet, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o su acceso”. Mientras que podrán establecerse sistemas “de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados”.

Ya en lo relacionado con los centros y parques comerciales, únicamente podrán abrir al público, incluidas sus zonas comunes y recreativas, aquellos que garanticen el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1) “Que, conforme a los aforos determinados en el Plan de Autoprotección de cada centro o parque comercial, se limite el aforo de sus zonas comunes y recreativas al cuarenta por ciento”. 2) “Que se limite al cincuenta por ciento el aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos”. 3) “Que se garantice, en todo caso, el mantenimiento de la distancia interpersonal de dos metros y se eviten las aglomeraciones de personas que comprometan el cumplimiento de la misma en las zonas comunes y recreativas, como pueden ser zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso”. Y 4) “Que se cumplan las medidas de higiene” debidas establecidas por el propio ministerio de Sanidad. Que igualmente contienen una modificación respecto a las anunciadas con anterioridad por el Ejecutivo.

Modificaciones en las medidas de salubridad e higiene

A la amplia batería de protocolos establecidos por el Gobierno y vinculadas a este plan de desescalada en 4 Fases, dirigidas tanto a las medidas a adoptar de cara a prevenir los riesgos de contagios entre clientes como entre trabajadores, desde el Ejecutivo se han introducido dos últimas modificaciones en lo relativo al sector retail y los centros comerciales.

La primera, que los locales comerciales sin consideración de centro o parque comercial, las limpiezas se “realizará al finalizar el día, o bien antes de la reanudación de la actividad al día siguiente”. Y la segunda, que cuando “el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Para aseos de más de cuatro metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será del cincuenta por ciento del número de cabinas y urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso una distancia de seguridad de dos metros”, debiendo de reforzar “la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos”.

En el caso concreto de los establecimientos vinculados al sector textil, de arreglos de ropa y similares, se mantiene vigente, y es necesario recordar, que como parte de su protocolo de actuación, tanto en la Fase 1, Fase 2 y Fase 3 “los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán”. Mientras que “las prendas que se prueben deberán ser higienizadas antes de ser facilitadas a otros clientes”. Una medida que, subrayan desde el Gobierno, “será también aplicable a las devoluciones de prendas”.

Cambios de Fase

En cuanto a la situación en la que pasan a encontrarse cada uno de los distintos territorios y regiones del país a partir de hoy, lunes 1 de junio de 2020, quedan organizados de la distinta manera en función de su Fase:

En Fase 3: Formentera (Baleares); La Gomera, El Hierro y La Graciosa (Canarias)

En Fase 2: En la Comunidad Autónoma de Andalucía, las provincias de Almería, Córdoba, Cádiz, Huelva, Jaén, Sevilla, Málaga y Granada. En la Comunidad Autónoma de Aragón, las provincias de Huesca, Zaragoza y Teruel. En la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, toda la provincia de Asturias. En la Comunidad Autónoma de Illes Balears, las Islas de Mallorca, Menorca e Ibiza. En la Comunidad Autónoma de Canarias, las Islas de Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura y La Palma. En la Comunidad Autónoma de Cantabria, toda la provincia de Cantabria. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en la provincia de León, el área de salud de El Bierzo. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las provincias de Guadalajara, Cuenca, Albacete, Ciudad Real y Toledo. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las regiones sanitarias de Girona, Catalunya Central, Camp de Tarragona, Alt Pirineu i Aran, Terres de l’Ebre y en la región sanitaria de Barcelona, las áreas de gestión asistencial de Alt Penedès y El Garraf. En la Comunidad Valenciana, las provincias de Castellón, Valencia y Alicante. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, las provincias de Cáceres y Badajoz. En la Comunidad Autónoma de Galicia, las provincias de Lugo, A Coruña, Ourense y Pontevedra. En la Región de Murcia, toda la provincia de Murcia. En la Comunidad Foral de Navarra, toda la provincia de Navarra. En la Comunidad Autónoma del País Vasco, Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. En la Comunidad Autónoma de La Rioja, toda la provincia de La Rioja. Así como las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla.

En Fase 1: En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las provincias de Ávila, Burgos, León (excepto el área de salud de El Bierzo), Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las regiones sanitarias de Lleida y Barcelona, excepto, en este último caso, las áreas de gestión asistencial de Alt Penedès y El Garraf. Y en la Comunidad de Madrid, toda la provincia de Madrid.

Photo Credits: Unsplash. / Ministerio de Sanidad.

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